ITV para vehículos históricos en Lorca

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Vehículos históricos: qué son y cuándo interviene la ITV

Un vehículo histórico es aquel que puede ser reconocido por la Administración por su antigüedad, interés histórico o singularidad, siempre que cumpla las condiciones exigidas por la normativa. Como norma general, debe haber sido fabricado o matriculado por primera vez hace al menos treinta años, conservar su originalidad y no presentar cambios fundamentales no admitidos.

En ITV La Hoya revisamos la situación administrativa y técnica del vehículo para indicarte qué procedimiento corresponde: no es lo mismo un vehículo con matrícula ordinaria española e ITV en vigor que uno importado, dado de baja, sin matrícula ordinaria, con documentación incompleta o con matrícula no correspondiente a su época. Según el caso, te orientamos sobre la documentación necesaria y sobre cuándo debe intervenir la ITV; en los vehículos del grupo B, si la inspección documental y técnica es favorable, emitimos la tarjeta ITV correspondiente.

Vehículo histórico del grupo A

Vehículos que cumplen los requisitos generales, tienen matrícula ordinaria en España y la ITV en vigor. No precisan inspección técnica previa para clasificarse como históricos; el trámite principal se realiza en Tráfico y en ITV sólo intervenimos cuando venza la inspección periódica para anotar la nueva periodicidad si el resultado es favorable.

Vehículo histórico del grupo B

Resto de vehículos incluidos en la normativa, que no cumplen con los requisitos del grupo A, es decir, que no disponen de matrícula ordinaria española, como por ejemplo vehículos importados de más de 30 años. También aquellos cuyo titular desea obtener una matrícula histórica por no corresponderse la matrícula que tenga con la de su fecha de fabricación o matriculación.

Periodicidad ITV de vehículos históricos

La periodicidad de la ITV puede cambiar cuando un vehículo se clasifica como histórico. La frecuencia depende del tipo de vehículo y de su antigüedad. En los vehículos del grupo B, el informe del Servicio Técnico de Vehículos Históricos puede establecer exenciones técnicas o limitaciones a la circulación.

Tipo de vehículo histórico

Periodicidad ITV

Motocicletas históricas

Cada 4 años

Vehículos de 30 a 39 años

Cada 2 años

Vehículos de 40 a 44 años

Cada 3 años

Vehículos de 45 años o más

Cada 4 años

Vehículos históricos de más de 60 años

Exentos de ITV periódica

Ciclomotores históricos

Exentos de ITV periódica

Documentación para catalogar un vehículo como histórico

La documentación cambia según sea grupo A o grupo B. Antes de iniciar el trámite conviene revisar qué situación tiene el vehículo y qué documentos están disponibles.

Documento

Grupo A

Grupo B

DNI del titular

Se puede requerir en algunas ocasiones

Siempre

Permiso de circulación

Siempre

Necesario, o equivalente del país de origen

Ficha técnica o tarjeta ITV

Siempre

Necesaria, o equivalente del país de origen

Anexo III

Cuando el vehículo presenta reformas anotadas en TITV

No aplica

Anexo IV

Cuando el vehículo presenta reformas no anotadas en TITV

No aplica

Informe técnico expedido por STVH

No aplica

Siempre

Los ciclomotores que carezcan de matrícula ordinario española, deberán aportar un certificado emitido por una ERVH (Entidad Relacionada con Vehículos Históricos) o por un STVH (Servicio Técnico de Vehículos Históricos).

Antes de iniciar la clasificación como vehículo histórico, es importante saber si tu caso corresponde al grupo A o al grupo B. Esa diferencia marca la documentación necesaria, la intervención de la ITV y los pasos que deberás seguir para completar el trámite correctamente.

Comprueba si tu vehículo puede ser histórico

Paso de un vehículo histórico por la ITV

La intervención de la ITV depende del grupo y del momento del trámite. En grupo A, la ITV no realiza una inspección técnica previa para la clasificación como histórico. Cuando venza la ITV periódica vigente, y si la inspección resulta favorable, la estación anotará en la tarjeta ITV la periodicidad que corresponda en función de la antigüedad.

En grupo B, el interesado debe contar antes con informe técnico favorable del STVH o certificado de una ERVH (en caso de un ciclomotor). Después, en la ITV comprobamos que la documentación es completa, que corresponde al vehículo presentado y que se cumplen los requisitos necesarios para emitir la tarjeta ITV.

Reformas, originalidad y piezas

La originalidad es una de las claves del trámite. No se admiten reformas que comprometan la originalidad del vehículo o alteren sustancialmente su estética. Sí pueden admitirse determinadas reformas previas si eran habituales en el periodo de producción del modelo o en el plazo previsto por la normativa, y si quedan correctamente justificadas.

Después de la clasificación como histórico, las reformas admitidas son mucho más limitadas: en general, las encaminadas a restituir el vehículo a la versión de alguno de sus modelos o variantes originales.

  • Un vehículo antiguo modificado no siempre puede clasificarse como histórico.
  • Una restauración debe respetar la originalidad técnica y estética del modelo.
  • Las piezas de imposible o difícil obtención pueden sustituirse por reproducciones o equivalencias cuando la normativa lo permite.
  • Si hay reformas no permitidas, el informe o certificado será desfavorable.

Preguntas frecuentes sobre vehículos históricos

Como norma general, debe tener al menos 30 años desde su fabricación o primera matriculación, haber dejado de producirse su tipo específico y conservar su originalidad y buen estado de mantenimiento.

No. Que un vehículo sea antiguo o clásico no significa que ya sea histórico. Primero debe cumplir los requisitos y completar el procedimiento correspondiente ante Tráfico, ITV y, en su caso, el Servicio Técnico de Vehículos Históricos.

Puede ser posible, pero no es un trámite directo. Los vehículos dados de baja definitiva pueden requerir rehabilitación, inspección ITV y posterior gestión en Tráfico.

Sí, si cumple los requisitos. Los vehículos importados que no han estado matriculados en España se tramitan como grupo B.

No siempre. En grupo A, el vehículo conserva su matrícula ordinaria española y debe llevar el distintivo histórico correspondiente. En grupo B, cuando procede, se asigna matrícula histórica tipo “H”, aunque en algunos casos de vehículos puede estudiarse la recuperación de la matrícula original.

No. El vehículo histórico está pensado para un uso ocasional, no como medio de transporte cotidiano. La normativa limita su circulación a un máximo de 96 días al año y prohíbe determinados usos, como transporte público, mercancías o actividades agrícolas y de obras.

Sí, si el vehículo estaba previamente matriculado en España, puede revertirse la condición de histórico y volver a su situación ordinaria. Al hacerlo, dejarían de aplicarse las ventajas y también las limitaciones específicas del régimen histórico.

Vehículos históricos en ITV La Hoya