InformaciónITV para patinetes eléctricos

Una propuesta de ITV para los patinetes eléctricos

Es un hecho constatado que, en la actualidad, el uso de patinetes eléctricos se ha extendido de forma exponencial, sobre todo en los desplazamientos urbanos por su autonomía y comodidad, fundamentalmente. Por otra parte, proporcionan la realización de ejercicio físico moderado, permiten el transporte de objetos y es un medio divertido y amigable para desplazarse.

Hay muchas ventajas que suman puntos a favor de estos VMP (Vehículos de Movilidad Personal), en comparación con un coche o una moto:

  • Son más económicos.
  • Pesan poco.
  • Se guardan con facilidad.
  • Se reduce el tiempo en los trayectos urbanos, sobre todo en ciudades con exceso de tráfico.
  • Dispone de un importante aspecto lúdico, cada vez es más común observar que se utiliza como elemento de recreo, paseo y turístico.
  • El mantenimiento es despreciable si lo comparamos con los vehículos que hacen uso de los combustibles fósiles.
  • No contaminan, siendo por tanto ecológicos.
  • Lo puede usar todo tipo de público siempre que sea mayor de 16 años.

Normativa con respecto a los patinetes eléctricos

Pero, a pesar de sus numerosas ventajas, estos últimos años, con la normalización de su uso, se han puesto de manifiesto diversos problemas, relacionados fundamentalmente con el uso indebido y los accidentes de circulación en los que se han visto envueltos, algunos de ellos, con resultado de muerte.

Dicha situación ha sido el iniciador para que organismos e instituciones públicas hayan impulsado la adopción de medidas normativas para su regulación. El 2 de enero de 2021 entró en vigor el Real Decreto 970/2020, por el que se modifican el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre y el Reglamento General de Vehículos, que, junto a las diversos Ordenanzas municipales, han venido a regular, normativamente hablando, dicho medio de transporte.

¿Qué requisitos deben cumplirse para circular con un patinete eléctrico?

Podemos destacar las siguientes:

  • Se rebaja a 30 km/h el límite de velocidad genérico en vías urbanas y travesías de un solo carril por sentido.
  • Queda prohibida la circulación por aceras y zonas peatonales.
  • Los patinetes eléctricos deberán disponer de un certificado de circulación que acredite que el patinete eléctrico cumple con los requisitos mínimos, así como un manual de características en el que se establecerá los requisitos técnicos que los vehículos de movilidad personal deben cumplir para su puesta en circulación.
  • El uso de casco es obligatorio.

¿Los patinetes eléctricos tendrán que pasar por la ITV?

Aunque actualmente no es obligatorio, AECA-ITV ha propuesto que los VMP estén sujetos a inspecciones periódicas.

En particular, se solicita un sistema de comprobación que acredite que los VMP cumplen con los requisitos técnicos necesarios para su circulación, de la misma forma que se hace con el resto de vehículos motorizados, pero adecuadas a las particularidades y características de los patinetes eléctricos.

Sin embargo, esto no será inmediato. Fabricantes y distribuidores de patinetes eléctricos tendrán margen, de hasta dos años, para adaptar estos demandados productos a los requisitos técnicos que incluirá el manual de características.

Como resumen, la DGT ha determinado que es fundamental la implementación de diversas medidas para regular la circulación de este tipo de vehículos, como los límites de velocidad, el uso obligatorio de casco, restricción al paso en algunos tipos de vías o el mencionado certificado de circulación.

Son algunas de las propuestas que, junto con la inspección técnica de estos VMP que AECA ha puesto sobre la mesa, se llevarán a cabo con la única finalidad de disminuir el número de accidentes y aumentar la seguridad vial.

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